En el
fallo del Juez Thomas P. Griesa[1],
de un tribunal neoyorkino, se obliga a la Argentina a cancelar deuda “lo antes
posible”, con bonistas demandantes ante los tribunales de EEUU.
Son
tenedores de títulos que entraron en default en el 2001, y que no ingresaron a
los canjes del 2005 y del 2010. Recordemos que solo el 7% de tenedores de
títulos no se acogieron a los beneficios de las renegociaciones de deuda.
El fallo señala
que “será
aplicable a los pagos de intereses efectuados a los bonistas en diciembre de
2012. Para evitar confusiones y dar un tiempo razonable para arreglar la
mecánica, el tribunal especifica que el pago de intereses en cuestión será el
del 15 de diciembre de 2012. Al abogado de Argentina se le ordena consultar con
el abogado de los demandantes para determinar la suma exacta que se pagará a
los demandantes y otras mecánicas.”
El
poder ejecutivo anunció que apelará el fallo del juez estadounidense, por
arbitrario, e incluso, argumentando que se sienta un precedente grave para
cualquier negociación de deuda en curso o a futuro. De avanzar el fallo,
argumentan en el gobierno, nadie ingresará a los canjes que se negocian en
Grecia, o cualquier otro país con problemas de endeudamiento, pues siempre se
podrá acudir a la justicia con jurisdicción para ello.
Algo
que omiten destacar con este argumento es que quién cedió la soberanía jurídica
ha sido el propio Estado argentino, y no solo los gobiernos de la entrega en la
década del 90´.
El
propio fallo destaca que: “En la reunión del 9 de noviembre de 2012, el
tribunal recordó a todas las partes interesadas que Argentina está sometida a
la jurisdicción de los tribunales federales de Nueva York, a lo que Argentina
dio su consentimiento. En los últimos diez años, Argentina repetidas veces
sometió los asuntos al Tribunal de Distrito y el Tribunal de Apelaciones y
recibió un tratamiento indudablemente imparcial, dado que Argentina se impuso
en la mayoría de las cuestiones.”
Más allá
de los montos en juego, pues el 7% no ingresado al canje es por 7.000 millones
de dólares (unos 4.000 millones según las condiciones de los canjes de Kirchner
y Fernández), y la demanda es por 1.600 millones de dólares (unos 900 millones
con la quita), la situación ahora presentada es demostrativa de que teníamos
razón cuando denunciábamos que la deuda era un condicionante de política
económica y al mismo tiempo profundizaba la dependencia económica, política y
jurídica de la Argentina.
Junto a
la denuncia señalábamos que la deuda antes de negociarla debía ser investigada,
auditada, que existen ejemplos internacionales, que estaba en juego la
independencia y la autonomía del país. La principal lección para extraer sobre
este fallo, o sobre el embargo que opera sobre la Fragata Libertad es que la
Argentina debe denunciar la entrega de su soberanía al permitir litigar en país
extranjero.
Es algo
que debe realizarse denunciado los tratados bilaterales de inversión y toda
medida de subordinación a tribunales extranjeros, como ocurre con el CIADI.
Brasil nunca adhirió al protocolo del CIADI, y Venezuela hace poco siguió el
camino ya recorrido por Bolivia y Ecuador, de retirarse de este antro del
imperio para defender los intereses de las transnacionales. Recordemos que la
Argentina es el país más demandado ante el CIADI.
Que no se
haya hecho la auditoria o investigación en el 2005, o en el 2010, no impide
realizarla ahora. El fallo, además de ser apelado, otorga la oportunidad
política de enfrentar el lazo de la dependencia que construyó y reafirma el
endeudamiento público.
Nunca es
tarde. ¡Es el momento de denunciar la subordinación a los tribunales
extranjeros y auditar e investigar la deuda!
Mar del Plata, 24 de noviembre de
2012
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